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Respuesta Ministerio de Sanidad

 
 
 

 

 

Modificación Real Decreto 1851/2009

El próximo día 1 de agosto de 2011 entra en vigor el Real Decreto 1148/2011, de 29 de Julio (BOE nº 182 de 30 de julio de 2011), este Real Decreto en su Disposición final segunda modifica el Real Decreto 1851/2009 de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.

Modifica la letra f) del artículo 2 del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento, que queda redactado en los siguientes términos:

«f) Secuelas de polio o síndrome postpolio.»

Antes

f) Síndrome postpolio

Si bien, las prestaciones que se contempla en este Real Decreto se podrá solicitar con carácter retroactivo desde 01 de enero de 2011

Esperamos que con esta modificación, no tengamos tantos problemas a la hora de conseguir la Jubilación

BOE nº 180 de 30 de julio de 2011

Publicado 30 de Julio de 2011 a las 09:00

Actualizado el día 01 de agosto de 2011 a las 12:50